Cuota Moderadora y Copagos

De acuerdo con lo definido por el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud y Protección social y el artículo 49 de la Ley 1955 del 2019, nos permitimos informarles que a partir del 3 de enero de 2024, se ajusta el valor de las cuotas moderadoras y copagos para los servicios incluidos (PBS) y los no incluidos (NO PBS) en el Plan de Beneficios de Salud.

Régimen Contributivo

Cuota Moderadora

GRUPO DE INGRESOS
NIVEL DE INGRESOS
VALOR
A
Cotizantes con ingresos inferiores a 2 SMLMV
$ 4.500
B
Cotizantes con ingresos entre 2 y 5 SMLMV *
$ 18.200
C
Cotizantes con ingresos entre superiores a 5 SMLMV *
$ 47.700

Copagos

VALOR LIMITE POR AÑO
VALOR LIMITE POR EVENTOS
% POR EVENTO
11,5%
$ 337.999
$ 677.175
17,3%
$ 1.354.351
$2.708.700
23,0%
$ 2.708.700
$ 5.417.400

Copagos Régimen Subsidiado

Los afiliados al régimen subsidiado clasificados en el nivel 2 del Sisben deberan cancelar los respectivos copagos para los servicios que se encuentran dentro del Plan de Beneficios en Salud y que se indican a continuación: 

Porcentaje de copago
0 %

Valor máximo copago (Topes)

Valor Máximo por Evento

$ 0

Valor Máximo por Año

$ 0

Así mismo, las personas afiliadas al Régimen Subsidiado, deberán cancelar Cuota de Recuperación a los prestadores de servicios de salud por la atención de servicios no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud de acuerdo a los establecido en el articulo 2.4.20 del Decreto 780 de 2016

En el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud no se realiza cobro de cuotas moderadoras.

Cuotas Moderadoras

Aplica para Cotizantes y Beneficiarios en los siguientes servicios PBS y NO PBS:

Copagos

Aplica solo para Beneficiarios en todos los servicios PBS y NO PBS excepto: