Por la Calidad de los Servicios, la defensa de los Derechos y velar por el cumplimiento de los deberes de los usuarios.
El artículo 10 del Decreto 1757 de 1994 establece que todas las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrán participar en las instituciones del sistema, a través de asociaciones o alianzas de usuarios, para que los representen ante las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud y ante las Empresas Promotoras de Salud, del orden público, mixto y privado.
Es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.
En las IPS se conforman para vigilar la prestación, calidad y oportunidad de los servicios de salud, la defensa de los derechos y velar por el cumplimiento de los deberes de los usuarios.
Todos los usuarios que se encuentren activos y que deseen constituirla.
Miembros
¿QUIÉNES CONFORMAN LA ASOCIACION DE USUARIOS?
Todos los usuarios que hayan hecho uso del servicio durante el último año y que deseen constituirla, a través de una convocatoria a asamblea general que realizan las instituciones de salud, sean públicas, privadas o mixtas.
La asociación será de carácter abierto para garantizar permanentemente el ingreso de nuevos usuarios. Además, debe elaborar su propio reglamento de funcionamiento, en donde debe prever la organización interna como: miembros directivos y comités de trabajo de acuerdo con las necesidades y temas a tratar.
Las alianzas y asociaciones de usuarios elegirán sus representantes en asamblea general para períodos de dos años.
¿Quiénes conforman la Asociación de Usuarios?
- Ser usuario de la entidad de salud a la cual se encuentra afiliado.
- No estar incurso en inhabilidades establecidas por la ley.
- No estar incurso en inhabilidades establecidas por la ley.
- Residir en el municipio.
- Estar presente en el momento de la elección.
Funciones
Asesorar a sus asociados en la libre elección de la EPS.
Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso de paquete de servicios.
Vigilar las decisiones que se tomen en las juntas directivas para que se apliquen según lo acordado.
Mantener canales de comunicación con los afiliados que les permita conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestadora de servicios de salud y la EPS.
Mantener canales de comunicación con los afiliados que les permita conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestadora de servicios de salud y la EPS.
Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso de paquete de servicios.
Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven el menor costo.
Proponer a las juntas directivas de los organismos o entidades en salud, los días y horarios de atención al público de acuerdo con las necesidades de la comunidad, según las normas de administración de personal del respectivo organismo.
Informar a las instancias que corresponda, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de los afiliados.
Haga parte de la asociación de usuarios
ZONAL | SEDE | EPS | PRESIDENTE | CONTACTO |
|---|---|---|---|---|
Barranquilla | Macarena
Calle 30
Carrera 16
ASOSURA Viva 1A Calle 85 ASOSURA Viva 1A Portal del Prado Viva1a San José | Mutualser
Sura Sura Sura | Gerardo García
Medardo Mansur Blanca Inés Cortéz Martha Bolaño de Quiroga | [email protected] [email protected] 3156295373 [email protected] 3004873774 [email protected] 3208560652 |
Bogotá – Cundinamarca | Venecia – Calle 118 – Chapinero – Iberia – AV El Dorado – Olaya – Puente Aranda | Compensar | Jaime Forero |
[email protected] Cel. 3143402960 |
Cundinamarca | Zipaquirá | Compensar | Pablo Ballen | [email protected]
3103346885 |
Antioquia | Asociación de usuarios Viva 1A | Nueva EPS | Carlos Julio Diez Alvarez | [email protected] Cel. 3108487597 |
Cali | Asousuarios Viva1a Yumbo Asousuarios Viva1a Cámbuloss Asousuarios Viva1a Carrera 80 | Nueva EPS Nueva EPS SOS | Sandra Martinez C. Maria Rivas C. Luis Nieto M. | |
Armenia | Armenia | Comfandi | Francisco Javier Restrepo Hurtado | 3246467456 |
Sincelejo | Sincelejo
Chucurí | Mutualser
EPS Familiar de Colombia | Nevis Rojas V.
Lazaro Mendoza | |
Caldas
Villamaria – Caldas | Asociación de usuarios Viva1a Manizales
Asociación de usuarios Viva1a Manizales Asociación de usuarios Viva1a Manizales | Nueva EPS
Nueva EPS Nueva EPS | Maria Isabel pelaez chica
Gabriel Antonio Palacio Vargas Isrrael Martinez Rojas | |
Guajira | Riohacha | EPS Familiar | Patricia Pushaina
| [email protected] 3185507248 |
Normatividad
El artículo 10 del Decreto 1757 de 1994
El artículo 10 del Decreto 1757 de 1994 establece que todas las personas afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrán participar en las instituciones del sistema, a través de asociaciones o alianzas de usuarios, para que los representen ante las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud y ante las Empresas Promotoras de Salud, del orden público, mixto y privado.












